El día lunes 15 de marzo fue publicado el Acuerdo Ministerial 295-2021 del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda – CIV -, en el cual se especifican los horarios de restricción para transporte de carga pesada en todo el territorio nacional por los días festivos de Semana Santa:
- A partir del miércoles 31 de marzo desde las 12:00 horas hasta el domingo 01 de abril a las 24 horas, con excepción del transporte de carga de productos perecederos, combustible, bebidas y alimentos y grúas, sin requerir de permisos especiales.
- El transporte de carga podrá circular de la siguiente manera: Km. 290 Ruta CA9-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios e instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla; y del Km. 80 Ruta CA9-Sur-A hacia instalaciones de Puerto Quetzal y al Km. 104 CA9-Sur y al Km. 114 Carretera SA9-Sur.
Recomendamos tomar en consideración esta información para la movilidad de las personas y la logística de su carga.