Consejo de Usuarios del Transporte Internacional de Guatemala

Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular

El día de ayer, martes 15 de marzo de 2022 se aprobó en el Congreso de la República el Decreto Gubernativo 20-2022, el cual autoriza al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Energía y Minas – MEM – se otorgue un apoyo social temporal a consumidores de Diésel y Gasolina Regular de la siguiente manera:

  • Vigencia de dos meses
  • Monto de Q5.00 por cada galón de Diésel
  • Monto de Q2.50 por cada galón de Gasolina Regular
  • El traslado del beneficio será a importadores de Diésel y Gasolina Regular que se encuentren debidamente registrados en la Dirección General de Hidrocarburos del MEM con anterioridad a la fecha en que entra en vigencia este decreto
  • Los importadores beneficiados deberán reflejar la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal en el precio de venta final en terminal
  • La Superintendencia de Administración Tributaria – SAT – informará al MEM a través de los mecanismos y periodicidad que se establezcan en el reglamento de esta Ley, el monto descontado por persona individual o jurídica importadora, en concepto de apoyo social temporal
  • En toda factura emitida deberá consignarse la anotación del apoyo social temporal establecido en el presente decreto

Para más información, dando clic aquí encuentras el Decreto completo.

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